Definición de cortes constitucionales

Autores

  • José Ángel Cornielles Hernández

Resumo

Las cortes constitucionales son órganos jurisdiccionales colegiados que principalmente resuelven casos relevantes en última instancia mediante decisiones conjuntas con la finalidad de formar precedentes. La legitimidad de los órganos de justicia constitucional se obtiene por diversos mecanismos, que no se limitan a la elección directa de sus integrantes mediante el voto ni se reducen a los medios de participación popular en los procesos en estas instancias jurisdiccionales. Su legitimación se deriva de las constituciones que les otorgan la competencia para garantizar los derechos fundamentales, incluso de aquellas que forman parte de las minorías. Una definición adecuada de cortes constitucionales es necesaria para resolver los principales problemas que rodean las actividades de estos órganos.

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Publicado

16-06-2019

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Artigos